Regularización Extraordinaria 2026
Espacio útil para profesionales del Trabajo Social. Guía práctica, preguntas frecuentes, recursos, comunicados y actualizaciones para orientar con más claridad y seguridad profesional.
Actualizaciones
01
Lo esencial en 1 minuto
Inicio del plazo
Solicitudes del 16 de abril al 30 de junio de 2026.
Qué se obtiene
Autorización temporal por circunstancias de arraigo, con vigencia de un año y habilitación para residir y trabajar.
A quién va dirigido
Solicitantes de protección internacional que hayan formalizado, registrado o presentado su solicitud de acceso al procedimiento antes del 1 de enero de 2026. y personas en situación administrativa irregular llegadas antes de esa fecha por arraigo extraordinario.
Documento clave
En la vía de vulnerabilidad, el modelo oficial EX-32 incorpora el “certificado que acredite su situación de vulnerabilidad”
02
¿Quiénes pueden acogerse al proceso?
Solicitantes de protección internacional que hayan formalizado, registrado o presentado su solicitud de acceso al procedimiento antes del 1 de enero de 2026
Personas en situación administrativa irregular que llegaron a España antes de esa fecha y pueden acceder por la vía del arraigo extraordinario.
Exclusión expresa
Quedan fuera del proceso las personas que tengan o hayan tenido autorización de residencia por protección temporal de Ucrania.
03
¿Cuáles son los requisitos generales?
Ser mayor de edad
Permanencia ininterrumpida de 5 meses en España en el momento de la solicitud
No tener autorización de residencia o de estancia, ni estar en trámite de su solicitud, prórroga, renovación o modificación
No tener antecedentes penales en España ni en los países donde haya residido los últimos 5 años
No presentar una amenaza para el orden público, seguridad nacional o salud pública
No figurar como rechazable en países con los que España tenga acuerdo
No encontrarse en el plazo de compromiso de no retorno
Pago de la tasa de autorización de residencia por arraigo (38.28 €)
Vías del Arraigo Extraordinario
Las personas en situación administrativa irregular tendrán que adjuntar la Documentación acreditativa por alguna de las vías del arraigo extraordinario: (elegir una)
Laboral
Haber trabajado por cuenta ajena o propia o tener intención de trabajar (oferta de uno o varios contratos de trabajo con duración superior a 90 días o declaración responsable de trabajo por cuenta propia)
Familiar
Convivencia con sus hijos menores escolarizados, mayores de edad con discapacidad o ascendientes en primer grado.
Vulnerabilidad
Se prevé para quienes no puedan acogerse a las vías anteriores y presenten una afectación en sus condiciones de vida o en el acceso efectivo a sus derechos por circunstancias personales, económicas, sociales, psicosociales, familiares o habitacionales derivadas de la irregularidad administrativa.
En este caso presentar Certificado de situación de vulnerabilidad (EX32) emitido por Servicios Sociales o Entidades Colaboradoras de Extranjería.
04
Foco profesional
La vía de acreditación por SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD.
Para acceder por esta vía, la persona solicitante debe presentar un “certificado que acredite su situación de vulnerabilidad” integrado en el modelo oficial establecido.
¿Quiénes necesitan el certificado?
Este requisito sería necesario solo en aquellos casos que no cuenten con oferta de trabajo o declaración responsable de trabajo por cuenta propia, con documentación que demuestre que han trabajado en el pasado, o con unidad familiar de convivencia en España (hijos e hijas menores, o mayores con discapacidad y ascendientes en primer grado)
¿Quiénes NO lo necesitan?
NO deberás presentar certificado de vulnerabilidad si eres o has sido solicitante de Protección Internacional.
¿Quién puede cumplimentarlo?
El Sistema Público de Servicios Sociales y las entidades u organizaciones sindicales inscritas en el RECEX.
Guía de buenas prácticas desde el Trabajo Social
Claves prácticas para orientar la intervención profesional en el proceso de regularización extraordinaria, con rigor técnico, seguridad y mirada social.
05
¿Cómo se están organizando los servicios sociales y algunas entidades para dar respuesta a la demanda de los certificados de vulnerabilidad?
Ayto. de Las Palmas de G.C.
El ayuntamiento ha desarrollado una formación específica para su personal y ha creado un servicio específico para el trámite de certificado de vulnerabilidad mediante cita previa, disponible martes y jueves.
https://www.laspalmasgc.es/es/otras-secciones/cita-previa/ o llamando al 010
Ayto. de Santa Lucía de Tirajana
El servicio será gratuito, con cita previa y se ofrecerá en el Centro de Colectivos El Zagüán, con el apoyo de Canoa Solidaria, Fundación Sur Acoge y ACAMEI.
El personal de Servicios Sociales asumirá la valoración y tramitación del certificado de vulnerabilidad
Ayto. de Guía
El Ayuntamiento de Guía ha puesto en marcha un dispositivo especial para acompañar a la ciudadanía en la tramitación de los documentos necesarios en el marco del proceso extraordinario de regularización de personas migrantes promovido por el Gobierno de España.
🔺La solicitud de cita se debe realizar telefónicamente al número 928 89 65 55, extensiones 0302 y 0282, de lunes a viernes, en horario de 8:00 a 13:00 horas. La atención personalizada se realizará los jueves conforme a la cita asignada.
Entidades inscritas en el RECEX
Importante
Ante el colapso de solicitudes , algunas organizaciones están sacando sus propios comunicados para aclarar que solo emitirán los certificados de vulnerabilidad de personas usuarias de su organización (que han sido atendidas en alguno de sus servicios, etc..)
06
Preguntas Frecuentes Profesionales
Desde nuestro Colegio Profesional abogamos y defendemos que este documento sea cumplimentado única y exclusivamente por los y las profesionales del Trabajo Social. La profesión del Trabajo Social es la disciplina que académicamente y laboralmente está habilitada para valorar las situaciones de vulnerabilidad. Ninguna otra profesión cuenta con la formación y conocimientos necesarios para valorar con rigor las situaciones de vulnerabilidad.
Las administraciones públicas con competencias en Servicios Sociales y las entidades del Tercer Sector inscritas en el RECEX.
No, no tiene cobertura legal el abono de tasas o cantidad económica para la obtención de dicho documento por parte de la persona solicitante.
ESPACIOS INFORMATIVOS para la ciudadanía
Desde la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración, en colaboración con @cearcanarias , se pone en marcha una sesión informativa para ofrecer información práctica y actualizada sobre este proceso.
📝 Se abordarán aspectos clave como requisitos de acceso, tramitación, resolución, presentación de solicitudes, puntos de información y recursos disponibles.
Horario
(10:00 a 12:00 h)
Online:
29 de abril
Acceder a la sesión
Sesiones todos los martes
Las sesiones de los martes en Café D’Espacio cualquier persona que lo necesite puede acudir a recibir información sobre el proceso de regularización.