ELECCIONES JUNTA DE GOBIERNO 2025
Este 2025 se celebran elecciones colegiales con el objeto de determinar las personas colegiadas que integrarán la Junta de Gobierno del Colegio Oficial del Trabajo Social de Las Palmas para el periodo 2025-2028.
A través de esta página se hace pública la convocatoria trasladando la información del proceso electoral.
🔸Información importante sobre el censo electoral
Conforme a lo establecido en el art. 41.1 y 42.2 de los Estatutos del COTSLP, así como en el art 3. del Reglamento sobre el procedimiento electoral, tendrán derecho a voto:
- Todas las personas colegiadas incorporadas estatutariamente a este Colegio, al menos un mes antes de la convocatoria de elecciones, y no estén incursas en prohibición legal o estatutaria.
- Es requisito también estar al corriente en el pago de las cuotas y demás obligaciones económicas con el Colegio
✅Publicación del censo: 2 de abril
✅Presentación de reclamaciones al censo: Del 3 al 9 de abril
✅Resolución de reclamaciones al censo electoral: Del 10 al 14 de abril
A partir del 2 de abril del 2025, de conformidad con lo dispuesto en el art.43.2 de los Estatutos del COTSLP la Junta de Gobierno procederá a hacer pública la lista definitiva de personas colegiadas con derecho a voto, fijándola en el tablón de anuncios de la Secretaría del Colegio.
También podrás consultar si estás en el censo electoral a través de la sección “Mi Ficha Colegial” desde la web, en el apartado “Datos Colegio”, en atención a lo dispuesto en el art. 12.1 del Reglamento sobre el procedimiento electoral.
🔸¿Qué debo tener en cuenta para presentar una candidatura?
Conforme a lo establecido en el art. 31.2 de los Estatutos del Colegio Oficial del Trabajo Social de Las Palmas (COTSLP)
- La Junta de Gobierno estará constituida por un/a Presidente/a, hasta dos Vicepresidente/a/s, un/a Secretario/a, un/a Tesorero/a y un número mínimo de tres vocalías.
- Deberá contar de forma obligatoria con una vocalía, como mínimo, por cada isla de Fuerteventura y Lanzarote. De forma excepcional, si no hubiera representación de vocalía en alguna de las islas, dicha representación podrá ser asumida por la vocalía de otra isla.
Conforme a lo establecido en el art. 39.2 de los Estatutos del COTSLP y recogido en el art 4.2 reglamento sobre proceso electoral del COTSLP
✅Personas colegiadas, residentes en la provincia de Las Palmas y que posean la condición de elector/a con arreglo al procedimiento establecido en los estatutos y en el reglamento.
Conforme a lo establecido en el art. 40 de de los Estatutos del Colegio y recogido en el art 4.3 reglamento sobre proceso electoral del COTSLP
- Para los cargos de Presidente/a y Vicepresidente/a se requerirán tres años, como mínimo, de antigüedad en la colegiación.
- Para el cargo de Secretario/a y Tesorero/a será requisito una antigüedad en la colegiación de al menos dos años.
- Los restantes cargos podrán proveerse entre las personas colegiadas de número que tenga una antigüedad mínima de seis meses de colegiación.
- El cómputo de la antigüedad requerida en los apartados anteriores no ha de ser por periodos consecutivos
Conforme a lo establecido en el art. 31 .3 de de los Estatutos del Colegio y el artículo 7.3 de la Ley 2/74 de Colegios Profesionales, y recogidos en el art 4.4 del Reglamento sobre proceso electoral del COTSLP
❌No podrán optar a pertenecer a la Junta de Gobierno quienes estén incursos en prohibición o incapacidad legal o estatutaria, o hayan sido condenadas por sentencia firme que lleve aparejada la inhabilitación o suspensión para cargos públicos y las que hayan sido objeto de sanción disciplinaria grave o muy grave en cualquier Colegio, en tanto no quede extinguida la correspondiente responsabilidad y las que no se encuentren al corriente de pago de las cuotas colegiales.
Conforme a lo establecido en el artículo 39 de los Estatutos del COTSLP y recogido en el art 4.5 del Reglamento sobre proceso electoral del COTSLP
❌No se admitirá la presentación de personas candidatas que no sean residentes en la provincia de Las Palmas.
Conforme a lo establecido en el art 4.6 y 4.7 del Reglamento de proceso electoral del Colegio
❌No podrán admitirse como personas candidatas las personas colegiadas que en el momento de las elecciones no se hallen al corriente en el pago de las cuotas y demás obligaciones económicas con el Colegio.
❌Tampoco se admitirá la presentación de una misma persona candidata para varios cargos de la Junta de Gobierno, ni en varias candidaturas.
Con el objeto de facilitar la presentación de candidaturas existe un modelo de solicitud dirigido a la Junta Electoral, que te hacemos llegar a través del siguiente MODELO DE SOLICITUD
Una vez cumplimentado, puedes hacer llegar tanto la solicitud como la documentación anexa acreditativa a través del siguiente FORMULARIO
👉Lo ideal es que puedas remitir toda la documentación en un único PDF comprimido. Si tuvieras dificultad, el formulario permite subir la documentación en el mismo acto administrativo, pero en tres bloques: Solicitud y Anexo/s I, Programa de trabajo, Documentos acreditativos candidatura.
La documentación que es necesario remitir viene reflejada en el art.5 del Reglamento del Procedimiento Electoral:
🔸Por cada candidatura:
✅Programa de trabajo de la candidatura.
✅Nombre y apellidos de la persona integrante de la candidatura que actuará como su representante único y facultado expresamente para recibir por correo electrónico todas las notificaciones y/o comunicaciones derivadas del proceso electoral, con expresión de una dirección de correo electrónico válida a tales efectos.
🔸Por cada persona candidata:
✅Currículum vitae y certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social
✅Certificado de empadronamiento en algún municipio de la provincia de Las Palmas expedido por el Ayuntamiento correspondiente, no admitiéndose el certificado expedido para obtener bonificaciones y subvenciones en las tarifas de viaje
✅Certificado Negativo de Antecedentes Penales y del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos.
✅Declaración jurada de cada persona candidatas donde asegure que todos los datos y documentos aportados son veraces o ciertos.
-Presentación de candidaturas: hasta las 20:00 horas del 2 de abril
-Comunicación y subsanación de defectos: Desde el 3 de abril al 6 de abril
-Publicación de candidaturas: del 3 de abril al 7 de abril
-Reclamaciones de candidaturas excluidas: del 8 de abril al 12 de abril
-Resolución de candidaturas excluidas: del 13 de abril al 15 de abril
Conforme a lo establecido en el art. 22 del Reglamento sobre el proceso electoral del COTSLP
Se entiende por campaña electoral el conjunto de actividades lícitas llevadas a cabo por las candidaturas tendentes a la captación de votos.
👉La campaña electoral podrá comenzar desde el mismo día de la difusión de las candidaturas en la web del Colegio. En todo caso habrá de terminar a las cero horas del día inmediatamente anterior a la celebración de las elecciones
👉En cada proceso electoral la Junta Electoral dispondrá lo que estime oportuno sobre los actos de propaganda de la campaña electoral, en su conjunto, facilitando los medios que entienda necesarios, siempre en condiciones de igualdad para todas las candidaturas.
👉Una vez hechas públicas las candidaturas a la Junta de Gobierno, la Junta Electoral ordenará la publicación de los programas de cada una de ellas, en el apartado de la página web del COTSLP habilitado para las elecciones, siempre en condiciones de igualdad y transparencia.
👉En el supuesto de reelección de la Junta de Gobierno, las personas miembros que se presenten a la misma limitarán su participación y la representación en foros y actos externos del COTSLP a los estrictamente necesarios entendiendo por tales los eventos a los que haya sido invitado el COTSLP y se acuda en representación institucional.
🔸Instrucciones de voto por correo postal certificado
El voto por correo certificado está regulado por los Estatutos del Colegio en su art. 43.7 y en el Reglamento sobre el proceso electoral en su art. 17
Paso 1: Hay que solicitar al Colegio el voto por correo postal a través de la plataforma de gestión del Colegio, hazlo a través de este Formulario de Inscripción.
Paso 2: Se te harán llegar las papeletas de todas las candidaturas presentadas y admitidas en el proceso electoral, para que decidas a cual de ellas diriges tu voto.
Paso 3: Debes imprimir la papeleta de la candidatura que quieres votar y meter la misma dentro de un sobre cerrado. Este sobre a su vez debes incluirlo en otro sobre donde añadirías una fotocopia de tu DNI y un folio en blanco con tu firma original.
Paso 4: Debes enviar este sobre cerrado por correo postal certificado dirigido a la Presidencia de la Junta Electoral a la siguiente dirección: Colegio Oficial del Trabajo Social de Las Palmas. Avd. Juan Carlos I, nº 17 Local 13. 35019. Las Palmas de Gran Canaria.
Las papeletas se harán llegar una vez las solicites y desde el momento en el que se publique, en la web del Colegio, las candidaturas presentadas al proceso electoral.
Sólo se podrán admitir los sobres llegados al Colegio hasta el momento de cerrarse la elección, destruyéndose -sin abrir- los que se reciban con posterioridad.
Enviar una carta certificada a través de Correos es muy sencillo. En primer lugar deberás decidir si quieres realizar el proceso de forma online o a través de una de las oficinas de correos.
Puedes enviar el voto por correo certificado a través de cualquier oficina de Correos.
🌐Si eliges hacerlo de forma online, podrás hacerlo a través de esta web, seleccionando la opción enviar y siguiendo los pasos que se indican en el proceso.
Tanto de forma online como yendo directamente a la oficina, deberás indicar qué tipo de carta deseas enviar, junto con tus datos personales y los servicios adicionales que quieras incluir en tu envío. Recuerda que debe ser carta certificada.
Tras esto, tan solo tendrás que hacer el pago, ya sea mediante tarjeta bancaria, PayPal o desde la Oficina de Correos. El importe te saldrá como mínimo entre 5’29€ y 5’43€
Por último, imprime las etiquetas con el identificador para tus cartas certificadas y ponlas en el sobre.
Si has hecho el proceso de forma online, podrás elegir que vayan a recogerla personal de correo al lugar donde indiques o bien puedes acudir a una oficina a depositarla al igual que en el caso de realizar todo el proceso de forma presencial.
Tras esto, desde Correos se encargarán de enviar la carta y hacerla llegar al Colegio
Durante todo el proceso contarás con un servicio de seguimiento para conocer el estado de tu envío y finalmente, si has decidido contratarla, recibirás la certificación de entrega en forma de Prueba de Entrega Electrónica.